miércoles, 4 de noviembre de 2015

EVALUACION FUNCIÓN DIRECTIVA 2

Subcriterio C.4.1.- El ED realiza una gestión económica no solo de referente normativo, sino, además, como medio esencial para la actividad docente y la mejora de los resultados escolares

Indicador C.4.1.1.- El planteamiento de la gestión económica cumple las condiciones preceptivas y la articulación de los recursos como soporte docente

  • El ED plantea la gestión económica desde el referente de los objetivos educativos prioritarios del centro, para aplicar la correlación entre la rentabilidad de los medios económicos y los logros institucionales
    • Se plantea de forma clara y eficiente que la finalidad de los fondos económicos es favorecer los objetivos educativos y los proyectos del centro. 
    • Se reconoce la importancia de la conexión de los recursos económicos con los demás recursos (materiales, organizativos y funcionales). 
    • Se recogen propuestas de los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente para asociar lo económico con la intervención educativa. 
    • Los recursos económicos se invierten a tenor de prioridades establecidas en las que prevalezcan criterios especialmente educativos, en el marco de la programación general anual.
    • Las actividades complementarias se programan, obran en la PGA y se acompañan de memoria económica. 
    • En las compras se da prioridad al equipamiento de recursos, más que a la adquisición de material fungible, que pudiera ser aportado por los propios alumnos, salvo que el proyecto del centro lo justifique. 
    • El Presupuesto económico se incorpora o forma parte de la Programación General Anual.



  • El ED realiza una gestión económica con criterios de austeridad y eficiencia
    • El Centro se ha incorporado al nuevo contrato de la Consejería de Educación con Telefónica España, de manera que es dicha Administración la que asume la mayor parte de los costes directos de telefonía. 
    • Complementariamente, se controlan las categorías del tráfico del teléfono y del fax (tipos de llamadas, destinos, tiempos). 
    • Se utiliza de forma general el servicio público de Correos.
    • En su caso, en los gastos de combustible y energía eléctrica, se racionalizan los horarios de trabajo y se cuenta con elementos automáticos de encendido y apagado de aparatos. •
    • El material inventariable está controlado, se amortiza adecuadamente, se justifica su sustitución. 
    • Las fotocopiadoras cuentan con clave de acceso, con control garantizado; las fotocopias se hacen a doble cara; si se permiten fotocopias particulares se cobran como ingreso; etc. 
    • Los suministros, los equipamientos didácticos y deportivos, los recursos tecnológicos, etc., se compran con criterios de prioridades y de mejor oferta. 
    • Los viajes, la representación institucional y los gastos onerosos están equilibradamente controlados.



  • El ED efectúa una gestión económica sistemática, que es realista y participativa, planificada, con control y seguimiento y está evaluada 
    • La elaboración de necesidades se acomete con la intervención de todos los sectores afectados. 
    • Existe un seguimiento, control y archivo, de las normas específicas relativas a la gestión económica (banco legislativo), para su conocimiento y consulta. 
    • En el diseño de las actividades docentes se detallan los factores presupuestarios, en el contexto de la programación del Centro. 
    • La gestión se soporta en los recursos informáticos oficiales (GECD). 
    • Los procedimientos y la instrumentación siguen los registros auxiliares y los formularios oficiales (Banco, Caja, Cuenta de Gestión, inventarios; etc.); es decir, se sujeta a los documentos administrativos oficiales en sus trámites y soportes (Presupuesto, certificaciones; actas; registros auxiliares de gestión; facturación; etc.). 
    • La documentación y facturación tiene un sistema de orden, archivo y custodia, con garantías de legalidad, conservación y permanencia. 
    • Se aplica un seguimiento y evaluación sobre la rentabilidad de las inversiones. Es decir, una gestión transparente, donde se valora lo sucedido y se reajusta el proceso para optimizar los recursos

  • El ED tiene en cuenta el ámbito de competencias normativo y el reparto de funciones entre sus órganos unipersonales y los órganos colegiados de gobierno, en la gestión económica. 
    • El Consejo Escolar formula propuestas y directrices sobre los asuntos económicos; aprueba o modifica el Proyecto de Presupuesto del Centro (por mayoría absoluta); promueve la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar; analiza la eficacia de la gestión de los recursos. 
    • El Secretario del Centro tiene asignadas y efectúa, de forma clara, sus funciones más significativas: custodia de los libros y archivos; realización del inventario general; custodia y coordinación de los medios materiales; ejecución directa de los asuntos de gestión económica; etc. 
    • El Claustro de Profesores es informado trimestralmente de la situación económica y formula propuestas en los temas económicos. 
    • El jefe de Estudios promueve la adquisición de materiales y equipamiento específico y vela por la custodia y mantenimiento de lo asignado. 
    • Está claro que es el Director el que autoriza los gastos y ordena los pagos, desde el referente de lo aprobado en el Presupuesto. 
    • Los criterios para la elaboración del proyecto de presupuesto nacen del Equipo Directivo, en conjunto, como estructura organizativa. 
    • En el caso de que en el seno del Consejo Escolar se haya tomado la decisión voluntaria de constituir una Comisión Económica para asuntos específicos, ¿se ha reglamentado su funcionamiento en el Reglamento de Régimen Interior del Centro? 
    • En su caso, en los centros con Servicio de Comedor Escolar, ¿hay una Comisión de seguimiento, para auxiliar la gestión?, ¿las competencias de la misma están definidas en el RRI? 
    • La participación de los órganos colegiados de gobierno del centro se enfoca hacia las metas educativas.
  • El ED fomenta la posibilidad de ingresos propios, complementarios a los libramientos de fondos oficiales asignados por la Consejería de Educación, y obtenidos en virtud de la autonomía de gestión de que gozan los centros docentes públicos
  • El ED promueve medidas para el logro de ingresos complementarios, sin que tengan que provenir de las asociaciones de padres de alumnos o de alumnos, en cumplimiento de sus fines. Es decir, ingresos procedentes de: 
    • Donaciones y otras disposiciones testamentarias o de legado. 
    • Convenios de colaboración con organismos y entidades en materia de formación de alumnos en centros de trabajo. 
    • Convenios formalizados con asociaciones culturales o entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actividades extraescolares o complementarias. 
    • La prestación de servicios y la venta de bienes muebles, ambos producto de las actividades educativas y distintos de los remunerados por tasas y por los fijados en los catálogos de precios públicos y privados. 
    • El producto de bienes muebles inadecuados, innecesarios o inservibles. 
    • Ingresos derivados de la utilización ocasional de las instalaciones del Centro para fines educativos, de extensión cultural y otros directamente relacionados con el servicio público de la educación. 
      • Fondos procedentes de fundaciones. 
      • El importe de ayudas, becas o premios otorgados por instituciones, organismos y empresas privadas, como consecuencia del desarrollo de proyectos y experiencias, o como resultado de la participación de profesores y alumnos en actividades didácticas, culturales o deportivas, realizadas en el marco de la programación anual del Centro. 
      • Cualquier otro ingreso viable legalmente y autorizado. • En su caso, de existir dichos recursos, éstos son aplicados a los gastos de funcionamiento del Centro y apoyan las prioridades educativas.


Indicador C.4.1.2.- Elabora y ejecuta el Presupuesto económico con respeto del referente normativo y con la orientación de mejora de la organización y de los resultados

  • El ED establece los criterios para la elaboración del Presupuesto, una vez conocidas las directrices del Consejo Escolar y las propuestas de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, para apoyar las estrategias y los objetivos educativos
    • El Consejo Escolar promueve directrices y formula propuestas para la articulación del Proyecto de Presupuesto. 
      • El Claustro de Profesores formula propuestas y analiza las necesidades educativas. • Los órganos de coordinación docente (Comisión de Coordinación Pedagógica, Equipos de Ciclo, Departamentos, etc.) formulan propuestas y establecen prioridades. 
      • La asociación o las asociaciones de madres y padres de alumnos tienen posibilidad de formular propuestas. En su caso, las asociaciones de alumnos, tienen también oportunidad de participar con ideas y propuestas. 
      • El conjunto de estas directrices y de propuestas van en la dirección de apoyar los objetivos del centro. 
      • El ED respeta los criterios y acuerdos adoptados por los órganos del Centro


  • El ED procura acomodar las fases del Presupuesto a los plazos normativos.
    • Se formaliza el Presupuesto económico al comienzo del año natural. 
      • El Equipo Directivo confecciona, al inicio del ejercicio económico, el proyecto de presupuesto y, a través del Director, lo presenta al Consejo Escolar para su estudio y aprobación por este antes del 31 de enero de cada ejercicio presupuestario. Una vez aprobado se remite por medios informáticos a la Dirección de Área Territorial. 
      • El ED tiene en cuenta que si en el plazo de un mes la DAT no formula observaciones el proyecto de presupuesto se entenderá automáticamente aprobado. 
      • El Presupuesto se confecciona en coherencia con la última Cuenta de Gestión: que se remite al Consejo Escolar del Centro para su aprobación, antes del 31 de enero del ejercicio posterior y una vez cerrada a fecha 31 de diciembre. 
      • El ED da respuesta a los trámites y requerimientos administrativos que se le trasladan y cumplimenta los documentos en tiempo y forma


  • El ED tiene en cuenta las características y condiciones del Presupuesto en su configuración y aprobación.
    • El Presupuesto se elabora desde un planteamiento estimativo, no debe ser excesivamente ajustado y debe dejar cabida a su propia flexibilización y modificación. 
      • El Presupuesto se elabora bajo el principio rector del equilibrio entre ingresos y gastos. 
      • El Presupuesto tiene en cuenta los recursos asignados, de acuerdo con los programas de inversiones (normalmente en el primer semestre de cada ejercicio presupuestario se pone a disposición de los centros el 70% del importe del crédito anual). 
      • El presupuesto se configura con los siguientes documentos: memoria justificativa (objetivo general del funcionamiento operativo del Centro y objetivos específicos que se determinan en el PGA, e indicadores que permitan evaluar la consecución); estado de ingresos; estado de gastos; y resumen, tanto por programas presupuestarios como por otras fuentes de ingresos, en el que se detalle la distribución que se propone del saldo final o remanente, de la cuenta de gestión del ejercicio anterior. 
      • Todos los gastos y los correspondientes pagos se contabilizan en el mismo ejercicio económico


    • El Presupuesto perfila una confección clara y detallada del Estado de Ingresos.


      •  El Estado de Ingresos se integra por los recursos reconocidos en la norma: el saldo final o remanente de la cuenta de gestión del ejercicio anterior; los recursos asignados por la Consejería de Educación a través de los correspondientes programas de gasto; otros recursos públicos distintos a los gastos de funcionamientos; los recursos propios obtenidos por el Centro; los ingresos, en su caso, del cobro del Seguro Escolar y los procedentes del Comedor Escolar 
      • La aportación de las familias, para la realización de las actividades complementarias de la programación docente, se considera como ingreso de la cuenta de gestión; es decir, no se costean al margen de la dinámica oficial del Centro (subcuenta). 
      • Cualquier actividad económica del Centro se incardina dentro del Presupuesto oficial


    • El presupuesto recoge una estimación objetiva y razonada, según necesidades y objetivos del Centro, del Estado de Gastos
      • El Estado de Gastos contiene todos aquellos que se destinan a atender los gastos de funcionamiento de los Centros, agrupados según la clasificación económica de los presupuestos y programas económicos de la Comunidad de Madrid. Es decir, los gastos asociados al funcionamiento operativo del Centro se computan según las partidas de gasto oficiales. 
        • El Estado de Gastos se ajusta a los recursos disponibles. 
        • El destino de los fondos se aplica a la finalidad o finalidades para lo que fueron concedidos. 
        • El Estado de Gastos también recoge otros gastos distintos al funcionamiento operativo del Centro: ayudas y subvenciones; gastos por reposición de inversiones: obras y equipamiento; gastos del seguro escolar (en su caso); gastos del comedor escolar (en su caso); gastos derivados de la formación de alumnos en centros de trabajo, en su caso; etc. 
        • Tiene preferencia la cobertura de los gastos fijos (energía, teléfono, limpieza, etc.); sin perjuicio de que, una vez cubiertas las necesidades de normal funcionamiento, y las que demanden las actividades educativas, así como la reposición adecuada de mobiliario y equipo, podrán destinarse remanentes a la adquisición de nuevo equipamiento. 
        • En los gastos, y en coherencia con los ingresos, se tipifica la realización de las actividades complementarias en el marco de la programación docente (subcuenta)



  • El ED en la realización del Presupuesto considera lo importante que es evitar los gastos impropios. Ejemplos de actividad indebida son:


    • Inversiones financieras. 
      • La contratación de personal. 
      • La contratación de seguros que no estén expresamente autorizados. 
      • La realización de obras o compras con el fraccionamiento del gasto o pago, al margen del propio ejercicio económico. 
      • La entrega de fondos sin la correspondiente contraprestación (sin recepción del oportuno material o la prestación del servicio). 
      • Los premios en metálico a los alumnos. • Los gastos no ajustados a las finalidades previstas. 
      • El recurrir a la firma de letras, pagarés u otras fórmulas de pago aplazado. 
      • La cuenta corriente debe ser de uso operativo, no podrá pactarse condición alguna que limite la disponibilidad. 
      • Gastos onerosos impropios o no justificados. 
      • El saldo deudor en la cuenta corriente constituye una grave irregularidad.


    • En su caso, el Presupuesto disocia expresamente los gastos derivados de la gestión del Comedor Escolar y sus fondos benefician el funcionamiento global del Centro.



  • El ED gestiona el Comedor Escolar diferenciando los ingresos y los gastos de forma específica, monográfica y acorde con los oportunos programas y singular subcuenta de gastos. 
    • El precio del menú por comensal-día es el oficial (4,62 euros para el curso 2011-2012, en el caso de que no exista excepción por ampliación de horario (circunstancia que supondría un coste de 5,20 euros). 
    • En la facturación mensual se tiene en cuenta: que la base imponible del precio unitario del servicio es de 4,27 euros (una vez aplicado el IVA del 8%); que de ese importe (4,27 euros) se detraen: el 2,3% en concepto de reposición y menaje, resultando el precio unitario por comensal a aplicar en el cálculo de la factura mensual de 4,17 euros; y en su caso, otro 1,5% adicional más, si así se ha acordado con la empresa de comedor, en concepto de combustible (electricidad, gas,…), en cuya situación el precio unitario por comensal sería de 4,11 euros, para la factura mensual. 
    • Las bajas temporales y las inasistencias de los usuarios se gestionan según los criterios de las cláusulas del Pliego de Prescripciones Técnicas por la que se rige este Servicio (Resolución de 11 de mayo de 2009, BOCM del 20). 
    • En la primer semana de cada mes, se coteja con la empresa del Servicio de Comedor el número de usuarios del mes vencido. 
    • La gestión de las incidencias del Servicio, por inasistencia de comensales, repercute favorablemente en el fondo económico del Servicio. 
    • El ED favorece que desde el Comedor Escolar se deriven los fondos sobrantes o disponibles para el equipamiento y mejora del Centro, en su conjunto


Indicador C.4.1.3.- En la ejecución del Presupuesto, la instrumentación contable y la tesorería se acomodan a la norma


  • El ED respeta el criterio de contabilización y la disposición de fondos se ajusta a la normativa
    •  El ED gestiona según el “criterio de caja”, es decir, se cuenta con el oportuno soporte documental que acredite tanto la legalidad de los ingresos como la justificación de los gastos. • 
      • El ED garantiza que la gestión económica se realiza a través de una única cuenta bancaria operativa (cuenta corriente), autorizada por la Administración, donde se centralizan todas las operaciones de ingresos y gastos. 
      • El Director es siempre el que decide la disposición de fondos y el ordenamiento de los pagos; lo que se efectúa mediante cheque nominativo, transferencia bancaria, giro o cualquier otro medio reconocido por la ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. 
      • El ED garantiza que en la Entidad bancaria constan cuatro firmas autorizadas para la disposición de fondos, siendo las órdenes de pago mediante firma mancomunada de Director y Secretario que serán, en general los titulares; aunque, además, cada titular tendrá un sustituto. 
      • El ED respeta que en la decisión de un gasto presupuestario debe existir crédito para afrontarlo. 
      • Se tiene en cuenta que la contratación y autorización de gastos están limitadas por las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público; normalmente para los contratos menores (inferiores a 50.000 euros en obras; o 18.000 euros en otros contratos). 
      • El ED avala la fiabilidad del sistema de contabilidad con la práctica periódica de conciliaciones de saldos y arqueo de caja, haciéndolos coincidir, al menos, con la formalización de la Cuenta de Gestión. 
      • El Secretario del Centro custodia los talonarios y lleva un registro de su numeración y serie, con reflejo de los movimientos de cuenta en las matrices de los mismos y éstas se archivan y preservan.



  • El ED lleva los adecuados registros auxiliares para la gestión económica, tanto con la utilización de aplicación informática oficial (GECD), como mediante la edición anual de los mismos en soporte papel
    • El ED, para la correcta gestión de los recursos económicos, sigue de forma actualizada la aplicación informática GECD y dispone de los siguientes libros auxiliares: 
      • Libro de Banco (cuenta corriente). 
      • Libro de Caja (efectivo). 
      • Libro de la Cuenta de Gestión. 
      • Otros libros básicos, en su caso: 
        • Libro Diario; 
        • Libro Auxiliar del Comedor Escolar y 
        • Libro Almacén del Comedor. o
      • En su caso, Libro Auxiliar de Seguro Escolar. 
    • Fichero de proveedores convenientemente protegido por los datos de carácter personal. 
      • Los registros auxiliares para la gestión económica se editan, o imprimen, cada año y son apropiadamente encuadernados, legalizados y diligenciados, para su custodia, archivo y consulta



  • El ED sigue un procedimiento metódico, de rigor, para la justificación de los pagos y para el registro y archivo de la documentación.


    • El ED justifica los pagos de los bienes adquiridos y de los servicios prestados mediante las facturas originales y con la constancia del pago (recibí expreso del perceptor o justificante bancario), teniendo en cuenta las características y los requisitos legales de forma que deben reunir las facturas. 
      • El ED realiza todas las operaciones, tanto bancarias como de adquisición de bienes y servicios, bajo la utilización del NIF propio del Centro. 
      • En los centros de educación secundaria, se gestiona de forma metódica el Seguro Escolar (ingresos, partida de gastos y saldo), y se siguen los impresos oficiales en la matriculación de alumnos, con ingreso para recaudación en la Tesorería General de la Seguridad Social. 
      • En su caso, se cumple la intervención como centros gestores en el tema de los precios públicos (ejemplo, las cuotas de las Escuelas de Educación Infantil y Casas de Niños), tasas académicas (ejemplo, precios en los centros de enseñanzas de régimen especial) y tasas por expedición de títulos, certificados o diplomas (ejemplo, Bachiller, Técnico, Técnico Superior, etc.). 
      • Se garantizan las obligaciones fiscales, ejemplos: en el caso de la participación de expertos para la celebración de jornadas o cursos, se ingresa la retención del IRPF en la Agencia Tributaria; o, en su caso, se formaliza la declaración de proveedores (adquisición de  bienes, contratos de obra, etc.) ante dicha Agencia. 
      • En el caso de disponer de recursos con procedencia del Fondo Social Europeo, se lleva un seguimiento específico de la documentación afectada, de los ingresos y gastos, para el control externo ágil y sistemático del gasto. 
      • El ED lleva un sistema de registro y archivo donde toda la documentación acreditativa de las operaciones de carácter económico (presupuestos, facturas, albaranes, recibos, matrices de talonarios, extractos bancarios, órdenes de transferencias, etc.), y que sirva para la justificación de los ingresos y pagos realizados, sea archivada y custodiada. 
      • El archivo económico sigue criterios técnicos: orden cronológico, separando cada año natural; sistema de catalogación individualizado (cada libro auxiliar debe tener la correspondencia de su propio archivo documental); identificación para un acceso rápido; identificación de los documentos según su número de registro en los apuntes contables; etc. 
      • El ED tiene en cuenta que la documentación económica no debe destruirse, al menos en el plazo de cinco años, y siempre que el documento no esté afectado por un plazo mayor. 
      • El sistema llevado permite que la cuenta de gestión y toda la documentación esté de forma ágil a disposición de los órganos de control y de las autoridades competentes (Intervención General, Cámara de Cuentas, Tribunal de Cuentas,…).

  • El ED evita los llamados métodos domésticos o formas impropias en la instrumentación de la gestión económica; ejemplos claros de mala gestión son
    • La existencia de las llamadas “cooperativas de padres”, como medida sin suficiente fundamento legal para articular la compra de material o la compra de equipamiento de los alumnos. 
    • La apertura de cuentas bancarias a nombre de personas físicas, padres de alumnos o profesores, a los efectos de gestionar dinero relacionado con alguna actividad del Centro o alguna compra. 
    • La contratación de servicios (autobuses y otros) o compras, sin garantizar la adecuada fiscalidad: pago obligado del IVA; no realizar la declaración de proveedores; no exigir factura; etc. 
    • Facilitar la compra-venta de cualquier bien en el ámbito del Centro (equipamiento deportivo, uniformes, ordenadores,..). 
    • La permisividad de que se realicen compras directas por parte del profesorado al margen del Presupuesto. 
    • La formalización de pagos con cheques “al portador”. 
    • La indemnización al profesorado, por razón del servicio (desplazamiento), sin seguir la determinación de los montos económicos oficiales. 
    • La cobertura con fondos del centro del coste, o parte del precio, de las actividades complementarias de los alumnos (ayuda económica para su realización), con menoscabo de la disponibilidad de dinero para otros fines más propios (ejemplo, la modernización del equipamiento docente del Centro).


Indicador C.4.1.4.- La rendición de cuentas es transparente y se hace desde un marco evaluador del Presupuesto, para el reajuste y mejora, en sucesivos ejercicios

  • La Cuenta de Gestión es aprobada por el Consejo Escolar del Centro (mayoría absoluta), antes del 31 de enero del año siguiente. 
    • No deben quedar gastos sin contabilizar, ni pagos pendientes de realizar al cierre del ejercicio. 
    • El remanente es claro y está cuadrado en el balance de gestión. 
    • La cuenta no puede saldarse con números negativos (déficit). 
    • Se garantiza la información al Claustro de Profesores. 
    • Se facilita la información anticipada de documentación al Consejo Escolar del Centro y este interviene en la aprobación de la Cuenta de Gestión, con decisión por mayoría absoluta.
    • En su caso, se posibilita la participación de la Comisión de Comedor Escolar (obligatoria) o de la Comisión Económica (voluntaria). 
    • El ED viene enviando, por medios informáticos, la Cuenta de Gestión, en la primera quincena del mes de febrero del ejercicio siguiente, a la Dirección de Área Territorial, dando traslado del extracto bancario, debidamente certificado por la entidad bancaria, así como del acta de conciliación bancaria y el acta de arqueo de caja. 
    • Hay un archivo oficial, por año natural, de la correspondiente documentación económica


  • El ED efectúa, en tiempo y forma, los Estados de Letras A, B y C, que configuran la Cuenta de Gestión como instrumentos de rendición de cuentas, de forma legal y ajustada a la realidad de la gestión económica


    • El ED hace que los documentos se ajusten a la normativa: 
      • el Estado de Letra A, es la descripción de saldo, ingresos, gastos, y saldo resultante, de los recursos de la Consejería de Educación y de los propios del centro; 
      • el Estado de Letra B, con tramitación análoga, es el registro de los recursos procedentes de otras Administraciones Públicas u organismos; 
      • y el Estado de Letra C, reseña la situación inicial y final de la Tesorería del centro.
    • Todos los documentos aparecen sellados y con las firmas y rúbricas oportunas del Secretario y del Director, con las diligencias de aprobación según la correspondiente sesión del Consejo Escolar


  • El ED fomenta la evaluación de los aspectos económicos y la articulación de propuestas de mejora, a través de los documentos institucionales del Centro
    • Se plantea la evaluación en orden a lo previsto, en la medida que haya una conexión clara con los objetivos del Presupuesto. 
      • En la evaluación de la gestión económica, y en la medida de lo posible, prevalece la idea principal de que los recursos están y deben ser medios docentes, para facilitar la mejora del proceso de enseñanza-aprendizaje. 
      • En la Memoria Anual del centro se valoran los objetivos económicos y la gestión realizada, al efecto de promover reajuste y mejoras. 
      • En la Programación General Anual del centro se tienen en cuenta las medidas y estrategias de naturaleza económica, con valoración de lo propuesto en el capítulo de los recursos de la Memoria Anual anterior. 
      • Las programaciones docentes aluden a los temas económicos y a su incidencia en la mejora de la práctica docente y los resultados de los alumnos. 
      • El ED promueve informes o estudios relativos al uso eficaz de los recursos y a la prioridad de adquisición de materiales, según los objetivos del centro. 
      • En su caso, se promueven medidas ante la Administración educativa


Subcriterio C.4.4.- El ED efectúa una gestión que ordena y sistematiza la actividad administrativa en el ámbito académico, la vida laboral y las obligaciones institucionales del Centro como un servicio público eficaz

Indicador C.4.4.1.- La Secretaría del Centro se concibe como la principal dependencia administrativa y tiene una adecuada estructura y ordenación


  • El ED tiene en cuenta que la Secretaría del Centro es la principal área de atención al ciudadano, de consideración al público, por lo que debe adaptarse a los criterios de calidad oficiales


    • Puesta a disposición del público de una zona de recepción y acogida, para información del conjunto de dependencias y servicios. 
      • Ubicación preferente en planta baja, con acceso directo a la calle (o en la zona más próxima a la calle), eliminándose las barreras arquitectónicas. 
      • Cuando la atención al público oscile en torno a los cinco minutos, se dispensará preferentemente por medio de mostrador. Si la atención requiriese un tiempo mayor, se realizará preferentemente en una mesa, con sillas a ambos lados. • Garantía de confidencialidad en la atención al público. • Atención telefónica separada de la atención presencial. 
      • Puesta a disposición del público de una zona de espera, con asientos y aseo, y de ser posible fotocopiadora (previo pago de la prestación del servicio). 
      • Acceso directo a la documentación de divulgación que utilice el Centro (folletos, trípticos, circulares,…) y a los tableros oficiales de información. 
      • La atención es correcta, cortés, eficaz. 
      • El personal que atiende al público se preocupa de dar una buena imagen, apropiada a lo institucional.


  •  El ED, con respecto al funcionamiento de la Secretaría del Centro, tiene definida una estructuración del sistema de documentación, y del control de la normativa, para la gestión


    • Existe la adecuada infraestructura, o sistema técnico, que articule la selección, descripción y catalogación de la documentación. 
      • Hay organizado un banco legislativo para el seguimiento metódico de la normativa, principalmente en soporte informático. 
      • Hay un archivo y una clasificación de documentos mediante un sistema de categorías: alfabético, temático, cronológico, tesauro, normativo, académico, etc. • Se diferencian las fuentes de información: legislativas, documentales, informáticas, bibliográficas, etc. 
      • La ordenación académica está claramente diferenciada y sistematizada. 
      • Existe un régimen que diferencie el archivo vivo o activo del archivo histórico o inactivo. 
      • El archivo activo está bien estructurado en base a criterio: año escolar, edades, enseñanzas, curso de las enseñanzas, etc. 
      • El archivo histórico tiene una ordenación cronológica y que garantice la custodia y permanencia. 
      • Se diferencian los ámbitos de gestión: personal, académico, administrativo, de docencia, de organización, etc. 
      • El banco legislativo y los archivos, en su caso, responden a los principios mínimos de sistematización, actualización y disponibilidad.


    • El personal que trabaja en la Secretaría del Centro tiene delimitadas sus funciones, acorde con sus perfiles de competencia


      • El Secretario del ED es el que ordena el régimen administrativo, de conformidad con las directrices del Director. 
      • El Secretario del ED actúa en realidad como jefe del personal de administración y servicios, por delegación del Director. 
      • El Secretario custodia los libros y archivos del Centro. 
      • El ED ha disociado las funciones docentes, aunque tengan proyección administrativa, de las meramente administrativas (propias del personal de servicios).
      • El personal no docente de servicios tiene delimitadas sus funciones, calendario y horario de trabajo


  • El ED se preocupa de que la Secretaría del Centro tenga una organización que responda a la atención del ciudadano y del propio personal, y se entienda como un verdadero punto de información y acreditación administrativa


    • En la Secretaría del Centro se estructura la información interna y externa como un punto administrativo. 
      • La Secretaría del Centro es el órgano esencial para el soporte de las relaciones institucionales. 
      • La Secretaría tiene unos horarios acorde con la normativa y que garanticen la atención al ciudadano. 
      • Se asume la necesidad de garantizar los derechos principales de los ciudadanos o interesados, según la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común: 
        • a ser tratados con respeto y deferencia; 
        • a identificar a las autoridades y funcionarios; 
        • a conocer el estado de tramitación de sus solicitudes y obtener copia; 
        • a formular alegaciones y reclamaciones; 
        • a aportar documentos; 
        • no presentar documentos innecesarios u obrantes; 
        • a obtener copia sellada de los documentos que presenten; 
        • a obtener orientación e información; en su caso, al acceso a los archivos; 
        • a exigir responsabilidades del personal al servicio de la Administración; 
        • a reclamar patrimonialmente. 
      • La Secretaría dispone del directorio de las unidades y autoridades administrativas y de los organismos más importantes en la relación oficial del Centro. 
      • La Secretaría se concibe como recurso de atención al propio profesorado y tiene la adecuada infraestructura interna para ello (horarios preestablecidos, normas, etc.).
      • La Secretaría facilita al profesorado la documentación sobre el alumnado con agilidad y eficacia (listas, cambios, faltas, comunicaciones, datos personales, etc.). 
      • La Secretaría es una dependencia que facilita y canaliza la información oficial. 
      • La Secretaría controla y gestiona la producción de documentos normalizados, formularios, circulares, instrumentos y demás herramientas para la relación de centro con su entorno y con las Administraciones. 
      • La Secretaría ordena y gestiona la expedición de certificaciones y trámites según solicitud de las autoridades y ciudadanos interesados, con la mayor celeridad posible.


  •  El ED favorece el conocimiento necesario y la difusión de la documentación técnica y legislativa
    • Existe la posibilidad de un acceso rápido a las fuentes: legislativas, informáticas, bibliográficas, documentales, etc. 
      • Se tienen estrategias para la organización de las fuentes de información: archivo y custodia, depuración, eliminación, renovación. 
      • Hay la conveniente difusión y recuperación de los documentos legales y técnicos: información selectiva, información en tableros, información especializada, debate, etc. 
      • Se garantiza la adecuada actualización y depuración de la documentación. 
      • Se utilizan preferentemente los medios electrónicos o informáticos para la divulgación


  • El ED procura que la secretaría garantice los plazos y trámites básicos en la actividad administrativa
    • La actividad administrativa se enmarca en el calendario de días hábiles e inhábiles regulado por la Administración educativa. 
      • Existe un registro auxiliar de “entradas y salidas”, para el asiento y constancia de la correspondencia oficial del Centro, con los archivos apropiados. 
      • Se sigue un registro de los trámites internos que precisan de asiento para constancia de efectos y para el sostén de la dinámica de la organización. 
      • La Secretaría gestiona con rigor el trámite de posibles reclamaciones y quejas, en los plazos formales: reclamación de calificaciones; reclamaciones a la admisión de alumnos; reclamaciones sobre conflictos relaciones; etc. 
      • Hay un sistema de alertas preestablecido para garantizar la celeridad en los procesos que están obligados a plazos fijos. 
      • En las notificaciones ante los ciudadanos se tienen en cuenta los plazos del procedimiento administrativo, principalmente la garantía de los 10 días. 
      • Las solicitudes de parte interesada se procuran canalizar, preferentemente, a través de modelos normalizados. 
      • En su caso, siempre se posibilita la subsanación y mejora de las solicitudes que cursan los interesados. 
      • Se utiliza, al menos, un tablón de anuncios oficial para las comunicaciones. 
      • Se promueven circulares, folletos, trípticos, agendas, notas de prensa, u otras medidas sobre la información relativa a los procesos. 
      • Se cuenta con un cronograma que temporaliza la actividad administrativa más común o frecuente, a lo largo del curso. 
      • Se sigue con celeridad, especialmente, el proceso de la documentación relativa a la admisión y traslado de alumnos, con los requerimientos y envíos oficiales, entre los centros afectados, y en plazos que no superen los diez días. 
      • Los horarios provisionales del profesorado, aprobados por el ED, se comunican a la Dirección de Área Territorial antes del comienzo de las actividades lectivas. 
      • La propuesta de horario general del centro y de jornada lectiva para el curso académico, una vez aprobada por el Consejo Escolar, se comunica a la Dirección de Área Territorial en plazo: antes del 10 de febrero en los Colegios y antes del 10 de julio, en su caso, en los Institutos. 
      • La tramitación de la Programación General Anual (PGA) del Centro ante la Dirección de Área Territorial, en la medida que contiene también el Documento de Organización del Centro (DOC), que es una documentación de máximo valor administrativo, se gestiona: antes del 31 de octubre de cada año (Secundaria) o del 15 de octubre (Primaria); o de la Memoria Anual (MA), antes del 10 de julio de cada año. 
      • Se controla y gestiona en la Secretaría los trámites cotidianos que están sujetos a plazo, ejemplos: los partes mensuales de faltas; el proyecto económico; los datos estadísticos; la facilitación de matrícula a la Comisión de Escolarización; los datos de absentismo a la Comisión de Absentismo; etc. 
      • Se respetan los plazos en los procesos específicos que tienen una clara relación con los ciudadanos y los alumnos: solicitudes de becas y ayudas; participación en premios, concursos y pruebas; determinación de zona educativa; adscripción del centro para la promoción del alumnado; procesos de reserva de plazas; fijación de vacantes para la admisión de alumnos; escolarización; etc. 
      • Las propuestas de expedición de títulos de Graduado en ESO son formalizadas por los Directores de los centros antes del 31 de julio de cada año, para los alumnos que hayan finalizado sus estudios en el mes de junio; y antes del 30 de octubre de cada año, para los alumnos que hayan finalizado en septiembre. 
      • Las propuestas de expedición de los títulos académicos sujetos a tasa, son realizadas por el Director del centro en el plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de solicitud del interesado. 
      • Esas propuestas comprenden tanto a los propios alumnos como, en su caso, a los de los centros privados adscritos; y se formulan de manera diferenciada, para el centro público y para cada uno de los centros privados adscritos. 
      • Los títulos de los alumnos, una vez expedidos por la Administración educativa, son retirados de la correspondientes Dirección de Área Territorial en el plazo de diez días desde la pertinente notificación. 
      • Se dispone, o se conoce, la estructura de los órganos directivos de la Consejería de Educación y de las unidades administrativas de la correspondiente Dirección de Área Territorial, con sus respectivas competencias, para la canalización orgánica de la actividad administrativa. 
      • Otras actividades sujetas a plazo.


Indicador C.4.4.2.- El ED mantiene una adecuada administración y gestión de procedimientos generales y servicios


  • El ED plantea un modelo de gestión correlacionado con la optimización de la actividad organizativa y docente


    • Se aprecia la planificación y previsión como técnica para garantizar la unidad de acción (planes de trabajo; distribución de tareas; protocolos de proceso para la actividad de Secretaría,…). 
      • La infraestructura y la actividad de la Secretaría del Centro y de la Jefatura de Estudios facilitan las necesidades docentes de forma clara y eficiente: horarios de profesores y alumnos, listas de alumnos, calificaciones, antecedentes, datos familiares, proveedores de materiales, fuentes de información, etc. 
      • La gestión en general procura ser simplificada, lo menos burocrática posible. 
      • La gestión tiende a plantear medidas singulares, autónomas, para su propio proyecto educativo. 
      • El ED vela para que la información llegue a todos los sectores de la comunidad educativa, en tiempo y forma.


  • El ED formaliza y estipula la administración y gestión general del centro a través de documentos administrativos
    • Las comunicaciones internas entre la Dirección y el profesorado del Centro, o viceversa, se cursan mediante notas interiores (en soporte papel o electrónico con las debidas garantías), con el adecuado seguimiento y registro: convocatorias, solicitudes, requerimientos, etc. 
      • La actividad que exige constancia siempre se soporta en el levantamiento de las oportunas actas o documento específico: reuniones de los órganos colegiados de gobierno (Claustro y Consejo Escolar), reuniones de los equipos docentes sobre evaluación, reuniones de los órganos de coordinación docente, etc. 
      • Las actas como documentos administrativos son convenientemente formalizadas, archivadas y custodiadas. 
      • En la relación del Equipo Directivo con la Administración educativa siempre se procura un pronunciamiento mediante un oficio o mediante un informe. 
      • La información o trámites con las familias se canaliza por notificación como documento administrativo. 
      • Se cursan adecuadamente las certificaciones: académicas, de escolarización, o de constancia de cualquier hecho. 
      • Se gestiona y cursa la “Memoria Administrativa” como conjunto de documentos administrativos relevantes: Documento de Organización del Centro (DOC); documento de plantillas; formularios de estadística; etc. 
      • Se siguen los registros auxiliares oficiales para el régimen administrativo general y sus correspondientes archivos de documentación: ƒ 
        • Libro o Registro Auxiliar de Correspondencia o de Entradas-Salidas. ƒ 
        • Libros o Registros Auxiliares de Actas. ƒ 
        • Libro de Matrícula de alumnos del Centro. ƒ 
        • Libro de Banco (Registro Auxiliar de C/C con Banco). ƒ 
        • Libro Auxiliar de Caja. ƒ 
        • Libro Diario. ƒ 
        • Libro Auxiliar de Comedor Escolar. ƒ 
        • Libro Auxiliar de Almacén de Comedor. ƒ 
        • Libro de la Cuenta de Gestión. ƒ 
        • Libro o Registro Auxiliar de Inventario. 
        • Libro o Registro Auxiliar de Biblioteca. ƒ 
        • Libros de Registros Auxiliares de Inventario de Dependencias. ƒ 
        • En el caso de usar sistemas informatizados, de automatización o mecanizados, los registros auxiliares se imprimen en forma de libro o cuaderno y se oficializan con los requisitos formales que se detallan. ƒ 
          • Los registros auxiliares están habilitados y legalizados en su cierre o apertura y cumplen los requisitos formales: diligencias de habilitación, legalización inhabilitación, cierre, arqueo, conciliación, cesión, etc., según proceda; foliado; sellado; sin enmiendas, correcciones o tachaduras; encuadernación y validación con firmas autorizadas. ƒ 
          • El conjunto de documentos administrativos se ordena y archiva con un criterio preestablecido y que garantiza el acceso y su permanencia.


  • En el caso de que el Centro tenga Servicio de Comedor, la gestión se fundamenta en un Plan Anual y en los medios y procesos normativos
    • La gestión económica queda claramente segregada.
      •  Los ficheros de usuarios tienen las garantías de protección de datos. 
      • La empresa de hostelería cumple con los requisitos normativos: ratio de vigilantes; contrato de responsabilidad civil; seguridad social de los empleados; menús; etc. 
      • En el seno del Consejo Escolar hay una Comisión de Comedor para el seguimiento de este Servicio. 
      • El Consejo Escolar tiene aprobado un plan anual, que forma parte de la PGA, para la gestión del Comedor: prioridades del programa; objetivos educativos; medidas organizativas, criterios y momentos para la evaluación. 
      • La empresa de hostelería que gestiona el Servicio lleva un plan de control de puntos críticos: análisis de los riesgos y control de puntos críticos (ARCPC). 
      • El ED cubre el servicio y tiene un reparto claro de las funciones. 
      • En el caso de selección de empresa homologada de hostelería para la prestación del servicio, el Consejo Escolar ha adoptado un acuerdo suficientemente justificado. 
      • La oferta de menú es único para todos los usuarios (alumnos y profesionales del centro). 
      • En el caso de razones excepcionales o justificadas, el Consejo Escolar aprueba un menú distinto para el alumnado que sufra alergia o intolerancia a determinados alimentos o padezca de enfermedad que lo haga necesario, o lo solicite por pertenecer a la religión Musulmana. En todo caso, y si se da la circunstancia de alumnado que padezca enfermedad celíaca, se ofrece menús sin gluten. 
      • En su caso, para dicho alumnado con problemas, se posibilita que estos alumnos hagan uso del servicio de comedor llevando la comida elaborada de casa. 
      • El ED hace un seguimiento de los menús, de su valor nutricional, con arreglo a los estándares de calidad exigibles. 
      • Se informa adecuadamente y en su caso a los órganos de gobierno del Centro. 
      • Se informa a las familias de lo necesario y, principalmente, sobre el procedimiento a seguir para solicitar las devoluciones en el caso de inasistencia. 
      • El ED conoce y gestiona las obligaciones de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria: información sobre la programación mensual de los menús; prohibición de determinados alimentos y bebidas, menús especiales adaptados a alergias o intolerancias; protección de la publicidad; etc.

  • En el caso de que el Centro tenga cobertura de Transporte Escolar, el ED mantiene la actividad básica para su funcionamiento y seguimiento
    • Se controla si los autobuses que realizan el ejercicio se corresponden con los autorizados (cuentan con credencial) y en el horario autorizado. 
      • Se gestiona adecuadamente la facturación con ajuste a los días de servicio. 
      • Se controla e identifica al alumnado usuario del servicio en el día a día, para velar por el uso autorizado y acorde con el número de puestos. 
      • En su caso, se controla la cobertura y actividad del personal auxiliar. 
      • Se informa adecuadamente y en su caso a los órganos de gobierno del Centro. 
      • Se informa a las familias de las condiciones y funcionamiento del servicio (lo necesario)



  • La gestión de las actividades complementarias y extraescolares se ordena con un plan y se plantean según la normativa


    • Se programan, aprueban y modifican dentro de un plan y en el marco de la PGA y la gestión del Consejo Escolar del Centro. 
      • Se acompañan de la conveniente estimación de memoria económica. 
      • En la programación se previenen los riesgos: información explícita a las familias y autorización previa para sus hijos menores; fijación de las condiciones de seguridad (ratio profesional, lista de usuarios, botiquín,…) y cobertura ante la posibilidad de accidente. 
      • La participación del alumnado está convenientemente autorizada por los padres o tutores legales y obra constancia en la Secretaría del Centro. 
      • La información del profesorado y el posible requerimiento a las familias para que autoricen a sus hijos son siempre visados por el Director del Centro. 
      • Los modelos de autorización de las familias, para el caso de las actividades complementarias, respetan la responsabilidad patrimonial que asume la Administración, en la cobertura del posible perjuicio causado al ciudadano en el servicio público. Es decir, no limitan al padre en sus derechos. 
      • Las actividades complementarias, que tutela el profesorado, se gestionan en el presupuesto del Centro, a través de la Cuenta de Gestión. 
      • La posible indemnización del profesorado por razón del servicio se ajusta a la normativa específica y se evitan los pagos impropios. 
      • En la autorización de los pagos y gastos, se respetan los temas fiscales. 
      • Las actividades extraescolares, tuteladas por las AMPAS u otros, tienen el adecuado control: cesión de locales; régimen; constatación de que el personal participante tiene relación contractual o de prestación de servicio donde figure la entidad responsable como empresario único y al margen de la Administración; etc. 
      • Se evalúan dentro de la Memoria Anual



  • El ED tiene un control administrativo actualizado y metódico del material inventariable del Centro


    • El Secretario del ED realiza el Inventario General del Centro, con altas y bajas actualizadas. 
      • En su caso, los departamentos didácticos, los equipos docentes y las tutorías, disponen de inventario del material que utilizan. 
      • Las dependencias y actividades específicas (talleres, laboratorios, Gimnasio, Aulas de Informática; Aulas de Música, idiomas, Psicomotricidad,…) mantienen un control de sus respectivos equipamientos. • Se sigue un inventario específico de la Biblioteca del Centro. 
      • Los materiales bibliográficos que puedan existir en las aulas se encuentran inventariados. 
      • Los bienes, muebles y equipos tienen la identificación, o etiqueta de señalización, que informe de su registro de inventario. 
      • Los registros auxiliares de inventario se editan, o imprimen, cada año y son apropiadamente encuadernados, legalizados y diligenciados, para su custodia, archivo y consulta. 
      • Es explícito el asiento en inventario de los recursos informáticos y del material tecnológico, multimedia y audiovisual



  • Las convocatorias, los acuerdos y la configuración-renovación de los órganos colegiados de gobierno (Claustro y Consejo Escolar) se formalizan según el procedimiento administrativo


    • El ED tiene controlada la configuración del Consejo Escolar, con diferenciación expresa de la composición de los dos bloques existentes y sus correspondientes representantes a los efectos de la alternancia, elecciones y renovaciones cada dos años y la cobertura de vacantes. 
      • El ED vela por la constitución de las Comisiones obligadas del Consejo Escolar: Convivencia; y en su caso, de Comedor Escolar. 
      • El ED fomenta que en el seno del Consejo Escolar funcionen otras Comisiones voluntarias: Económica, Permanente; de Escolarización; etc. 
      • Las Comisiones del Consejo Escolar tienen delimitadas sus competencias, preferentemente en el Reglamento de Régimen Interior, y está claro que no sustituyen al Pleno del Consejo sino que le auxilian. 
      • El ED vela porque en la dinámica de estos órganos colegiados se cumpla la normativa, y dada su importancia actúa de la siguiente manera: 
        • La frecuencia y número de convocatorias se ajusta, al menos, al mínimo normativo: una reunión trimestral y, además, una sesión al principio del curso y otra al final del mismo. 
        • Se respetan los tiempos mínimos de plazo anticipado para las convocatorias: en el Consejo Escolar las convocatorias ordinarias con siete días previos; y las extraordinarias con 48 horas; en el Claustro con al menos 48 horas siempre. 
        • Las convocatorias las realiza el Secretario por orden del Presidente del órgano, que las visa y fija los temas, y se formalizan por escrito (Nota Interior), con la incorporación ineludible de: día, hora y Orden del Día. 
        • Se posibilita el hecho de convocatorias demandadas por, al menos, un tercio de los miembros del órgano respectivo. 
        • En la notificación de las convocatorias se garantiza el “recibí” por los miembros. 
        • En cada sesión, se tiene en cuenta el quórum mínimo (presencia de Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de los miembros), para su constitución y validación. 
        • El ED fomenta dinámicas de participación e implicación. 
        • Las reuniones se celebran en día y hora que facilite la asistencia. 
        • Los contenidos y temas del Orden del Día, los acuerdos, se ajustan al ámbito de competencia legal que la norma atribuye al Claustro y al Consejo Escolar. En el funcionamiento del Claustro se imposibilita la “abstención”, excepto en los casos excepcionales en que una norma lo autorizara expresamente. 
        • En el funcionamiento del Consejo Escolar se imposibilita que los miembros natos se puedan abstener, con la excepción dicha anteriormente. 
        • Los acuerdos se toman respetando las mayorías fijadas en la norma (cualificadas o “de iure”: de dos tercios, absoluta, relativa, según los distintos temas). 
        • En su caso, se garantiza a los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario el poder formular voto particular por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas, que se incorporará al texto aprobado. 
        • Se garantiza el derecho de cualquier miembro a solicitar la trascripción íntegra de su intervención o propuesta, siempre que aporte en el acto, o en el plazo que señale el Presidente, el texto que corresponda fielmente, haciéndose así constar en el Acta o uniéndose copia a la misma (Anexo). 
        • Se garantiza que no es objeto de deliberación o acuerdo los temas que no figuren en el Orden del Día, salvo que estén presentes todos los miembros del órgano y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría. 
        • Las dinámicas, además de lo dicho, respetan las competencias legales y específicas de Presidente, Secretario y Miembros, especialmente: ƒ Presidente: presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas; dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar los acuerdos; asegurar el cumplimiento de las leyes; en vacante temporal, ausencia o enfermedad ser sustituido por el Jefe de Estudios. ƒ Secretario: preparar el despacho de los asuntos; redactar y autorizar las actas; expedir certificaciones y extractos. ƒ Miembros: participar en los debates; ejercer su derecho al voto; formular ruegos y preguntas; obtener la información precisa para cumplir sus funciones. 
        • Las Actas de estos órganos se asientan en un Libro auxiliar o se formalizan con sistema mecanizado, con criterios de rigor y actualidad. 
        • La forma de levantar las Actas cumple las condiciones formales administrativas y contiene: 
          • Lugar y tiempo en el que se ha realizado e iniciado la reunión. Por tiempo debe entenderse la hora de comienzo, así como la fecha. 
          • El carácter de la reunión (ordinaria o extraordinaria) y el Orden del Día (listado detallado y explícito de los temas o puntos a tratar). 
          • Relación, al margen del folio, de los miembros constituyentes del órgano y que de forma presencial asisten a la sesión. 
          • Relación de los miembros constituyentes que no asisten y descripción de su excusa y justificación. 
          • Expresión de los puntos principales de deliberación y acordes con el Orden del Día. Indicación de las personas que intervienen, así como anotación que refleje el extracto de sus principales manifestaciones o intervenciones. 
          • En su caso, sentido del voto del miembro que lo estime oportuno. ▪
          • Contenido de los acuerdos tomados y explicación del tipo de mayoría adoptado. 
          • Lectura y aprobación del Acta, en la misma sesión o en la siguiente. 
          • Expresión del formalismo de cierre, en el que consta la hora de finalización de la sesión y da fe del contenido el Secretario, de manera general. 
          • Visado del Presidente. 
          • Anexos, en su caso. 
          • En el caso de que los registros auxiliares de Actas se lleven por sistema informático o mecanizado, se editan, o imprimen, y cada año son apropiadamente encuadernados (para lo que debe llevarse un foliado continuo), legalizados y diligenciados, para su custodia, archivo y consulta. 
          • Se evita la publicación de las actas (tablón de anuncios u otros procedimientos), con la excepción del derecho, en su caso, de los miembros a obtener extracto de los acuerdos adoptados, expedido por el Secretario. 
          • El ED cumple y vela por el cumplimiento de los acuerdos adoptados



  • Las convocatorias y los acuerdos de los órganos de coordinación docente se formalizan según el procedimiento administrativo


    • Las reuniones se siguen según la temporalización y frecuencia normativa: equipos de ciclo, departamentos, comisión de coordinación pedagógica, etc. 
      • Los contenidos y temas se ajustan al ámbito de competencia que da la normativa para cada órgano. 
      • Las convocatorias cumplen un procedimiento o sistema que sea garante. •
      • Hay previsión de planificación y temporalización de contenidos para el conjunto del curso escolar. 
      • Queda constancia por escrito de las deliberaciones y acuerdos. 
      • El ED facilita modelos para la planificación, seguimiento y constancia de la dinámica de estos órganos docentes. 
      • En la Jefatura de Estudios se controla y archiva la oportuna documentación sobre esta actividad organizativa, junto con otros documentos propios: concreción curricular, programaciones didácticas, programaciones de aula, etc. 
      • El ED cumple y vela por el cumplimiento de los acuerdos adoptados



  • El ED vela porque cualquier procedimiento de naturaleza administrativa, o relacionado con la responsabilidad patrimonial de los centros docentes, se canalice a través de la Secretaría
    • El proceso de admisión de alumnos como actividad relevante: información institucional; proceso de vacantes y reserva de plazas; entrega de solicitudes; recepción de solicitudes; gestión de admitidos; matriculación; etc. 
    • El proceso de información a las familias sobre los libros de texto y materiales para los alumnos. 
    • El seguimiento del absentismo del alumnado y su proceso estadístico, para el que debe colaborar todo el profesorado. 
    • La documentación sobre el régimen de permisos y licencias del personal del centro. 
    • Documentación y actividad sobre: posibles cesiones del edificio o autorizaciones del uso de locales; la relativa a la acometida de obras; los expedientes para compras de bienes y equipos; los contratos de prestación de servicios (limpieza, mantenimiento; actividades de compensación externa; etc.); en cuanto a las Asociaciones que incidan en el Centro. 
    • La documentación y trámites sobre accidentes escolares y su cobertura sanitaria: 
    • Existencia de un procedimiento planificado y conocido para prevenir el riesgo y organizar la asistencia necesaria. Es decir, protocolo evidente y público de las actuaciones que deben acometerse por el personal (reglamentación preferente en el RRI), en caso de accidente: urgencia médica; localización a las familias; datos a tomar por los afectados (testimonios); etc. 
    • Control de la información familiar necesaria, dentro de la legislación de protección de datos de carácter personal. 
    • Seguimiento de los hechos producidos en todo accidente, preferentemente con un medio que garantice el registro de datos y su permanencia. 
    • En su caso, notificación a las familias de sus derechos a ser reparado el daño. 
    • En su caso, comunicación a la Administración educativa y tramitación del expediente de reclamación de daños, en un plazo máximo de siete días. 
    • La actividad administrativa relativa a la convivencia de los alumnos y la aplicación de medidas de sanción o corrección, en el marco del plan de convivencia y de las normas de conducta (Reglamento de Régimen Interior): formularios; expedientes disciplinarios; sanciones; notificaciones; archivo; etc. 
    • Y en general toda la actividad de la gestión económica, administrativa y académica.


Indicador C.4.4.3.- El ED realiza la administración y gestión de los elementos, documentos de evaluación y trámites académicos con las oportunas garantías jurídicas.

Se plantea, de forma clara, que la actividad académica y administrativa debe garantizar la seguridad jurídica de los alumnos, es decir sus derechos básicos y deberes


  • El ED enfoca el sistema, la organización existente y la forma de actuar en el ámbito académico, de manera que da cobertura de los derechos básicos de los alumnos: a recibir información; a que su rendimiento sea valorado conforme a criterios de plena objetividad; a recibir orientación escolar y, en su caso, profesional; a recibir las becas y ayudas precisas y a la protección social; entre otros. 
    • La gestión administrativa es soporte para la constancia, acreditación y permanencia en el tiempo de las historias escolares de los alumnos y la correspondiente documentación oficial. 
    • Se garantiza el cumplimiento de los requisitos de acceso a las distintas enseñanzas, tanto de edad como académicos y/o de titulación. 
    • El ED también tiene en cuenta el seguimiento de los deberes de los alumnos relacionados con la gestión administrativa: la asistencia a clase y el control del absentismo; el cumplimiento de las Normas de Conducta y del Plan de Convivencia del Centro y su relación con el seguimiento de posibles expedientes disciplinarios; el uso y cuidado de las instalaciones y del conjunto del edificio escolar y el planteamiento de responsabilidades; entre otros. 
    • En particular, dada la significación, y en coordinación con los tutores, el ED sigue el Programa de Absentismo del alumnado como herramienta para cubrir el derecho a la educación: control de ausencias y de la correspondiente justificación; información a las familias; comunicaciones a la Comisión Municipal de Absentismo; datos estadísticos; etc
    • La actividad académica refrenda y asegura el derecho de las familias y de los alumnos a la información constante, actualizada e institucional



  • El ED promueve el objetivo de que una buena actividad docente está relacionada con la calidad de la información que se facilita a las familias. •
    • Los tutores y el profesorado en general realizan la atención a padres (semanal) y reuniones colectivas de los grupos de clase (tres reuniones obligadas por curso en el caso de los Colegios) además de las necesarias entrevistas individuales. 
    • Se informa a las familias y a los alumnos de los horarios previstos para atención de los tutores. 
    • La información directa a la familia o al alumno es una estrategia institucionalizada y asumida en el centro como base para el éxito escolar. 
    • Los tutores y los profesores mantienen una comunicación fluida con las familias y con los alumnos, hay estrategias específicas en el centro. 
    • La evaluación y el proceso educativo, con relación a la obligación de información, se articula en tres momentos clave: situación de partida (evaluación inicial); proceso mismo (evaluación continua); y resultados del proceso (evaluación final). 
    • Se informa del resultado de las evaluaciones iniciales de cada curso, aunque los resultados no comportan calificación. 
    • Los tutores informan por escrito periódicamente a las familias y a los alumnos sobre el aprovechamiento académico, y en todo caso con posterioridad a cada sesión de evaluación, y cuando sea necesario. 
    • Se hacen públicos los criterios generales que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes, la promoción y titulación. ¿De qué manera? 
    • Los equipos de ciclo (educación infantil y primaria) y los departamentos de coordinación didáctica (educación secundaria) informan al principio de curso sobre: los mínimos exigibles para la superación del área, materia o asignatura, los procedimientos de recuperación y apoyo previstos, los criterios de evaluación y los procedimientos de calificación aplicables. 
    • Tras la evaluación ordinaria de junio y, en su caso, extraordinaria (educación secundaria), se informa al alumno y su familia por escrito con indicación, al menos, de las calificaciones obtenidas en las áreas, materias o asignaturas, la promoción o no y las medidas de atención previstas. 
    • De antemano, se informa a las familias sobre el supuesto de que, tras las oportunas aclaraciones (los alumnos y los padres o tutores legales pueden solicitar del profesorado cuantas aclaraciones consideren precisas acerca el proceso evaluador), exista desacuerdo con la calificación final obtenida en un área, materia, asignatura, o con la decisión de promoción o titulación adoptada para un alumno, este o sus padres o tutores podrán solicitar por escrito la revisión de dicha calificación o decisión, en el plazo de dos días lectivos, a partir de aquel en que se produjo la notificación. 
    • Se informa a las familias sobre los resultados de las pruebas de evaluación externa, tanto del alumno en concreto como de los datos generales del centro: pruebas CDI (6º curso de educación primaria y 3º curso de ESO), evaluaciones de diagnóstico (4º curso de educación primaria y 2º curso de ESO), otras pruebas externas (sobre los programas de bilingüismo, prueba LEA, etc.).


La Secretaría del centro tiene una adecuada organización para la disposición, cumplimentación, custodia y archivo de los documentos de evaluación

  • El ED tiene definida una organización de la Secretaría con sujeción a una conveniente sistematización e infraestructura, que cumpla con los principios de: gestión informatizada a través de las aplicaciones informáticas oficiales y su soporte; acceso controlado y sujeto a horario; cumplimentación actualizada de los documentos con producción en soporte papel; así como seguridad y orden preestablecido para el archivo. 
    • En el sistema existente se ordena la documentación con algún criterio técnico (naturaleza de los documentos, orden cronológico, seguimiento de procesos, etc.). 
    • En el seguimiento de la Secretaría, al menos, se garantiza el registro, el examen, la elaboración y archivo de los documentos que se expresa. Los trámites suponen el sellado y validación de los documentos con las pertinentes firmas autógrafas y el visto bueno del Director: ƒ 
      • Documentación administrativa de organización (relativa al alumnado en relación con el centro o el sistema escolar) y sus trámites: 
        • Registro de matrícula o equivalente para el seguimiento de alta de los alumnos y su correlación de registro con el expediente académico. o Documentación sobre Seguro escolar, en su caso. 
        • Documentación de premios y concursos. 
        • Documentación sobre becas y ayudas. o Documentación sobre expedientes disciplinarios de los alumnos. 
        • Documentación sobre expedientes de absentismo escolar. 
        • Documentación sobre reclamación de calificaciones y otras quejas sobre la gestión académica. 
        • Propuestas de expedición de títulos y certificados, según las enseñanzas. o Registro de recepción y entrega de títulos y certificados. 
        • Documentación de seguimiento de los accidentes escolares y sobre posible cobertura o atención médica de los alumnos, según protección de datos. o
        • Documentación sobre la solicitud del papel oficial para el trámite de los historiales académicos (Primaria, ESO y Bachillerato) y certificados académicos (FP). 
        • Fichero activo e inactivo de los alumnos. 
        • En su caso, Estatutos de las asociaciones de alumnos. 
        • Documentación sobre la Formación en Centros de Trabajo (FCT). 
        • Otros documentos. ƒ 
          • Documentación académica básica y sus trámites (relacionada con la vida académica del alumno y su posible movilidad bien por el Estado español, bien dentro de la Comunidad de Madrid; o con la terminación de los estudios), según el tipo de centros: o Vía SICE, gestión y tramitación del NIA (Número de Identificación del Alumno) y, a partir de Educación Primaria, gestión del NHA (Número de Historial Académico). 
          • Gestión y solicitud del papel oficial de seguridad para los Historiales académicos de los alumnos, según las enseñanzas. 
          • Informe Final de Aprendizaje de Educación Infantil. 
          • Informe Final de Aprendizaje de Educación Primaria. 
          • Historial Académico o Historiales (a partir de la Educación Primaria y según las enseñanzas; tienen asociados, mientras dure su vigencia los libros de escolaridad de enseñanza básica y/o de calificaciones).
          • Certificado académico y certificaciones académicas en Formación Profesional. o Informe personal por traslado (según las enseñanzas y en los casos de traslado antes de finalizar el curso; en Formación Profesional sería el Informe de evaluación individualizado).
          • Certificaciones para el traslado (según las enseñanzas);
          • Comunicación para traslado, como en el caso del Bachillerato. 
          • Certificaciones académicas completas para el caso de traslado a centros en el extranjero. 
          • Informes específicos y personalizados en los traslados de los alumnos de compensación educativa (Aulas de Enlace, alumnado hospitalizado, etc.).
          • Documentación ordinaria de evaluación y sus trámites (referida al alumno y a su vida académica, en correspondencia también con su grupo y centro), según el tipo de centro: 
          • Ficha de información en la incorporación del alumno al 2º ciclo de Educación Infantil. 
          • Expediente personal del alumno (2º ciclo de Educación Infantil). 
          • Expediente académico de los alumnos (según las enseñanzas)
          • Documentación sobre la admisión, matrícula y escolaridad del alumnado (solicitud, archivo de la certificación para el traslado recibida, acreditación de la reserva de plaza, datos sobre absentismo, etc.). 
          • Informes de evaluación psicopedagógica para la identificación de necesidades educativas especiales. 
          • Solicitudes del interesado relativas a su situación académica: certificaciones, solicitud de expedición de título, etc. 
          • Actas: de las sesiones de evaluación; de evaluación final; complementarias de evaluación. 
          • Informes o Boletines de información a las familias (según las enseñanzas). 
          • Informes de los Resultados de la Evaluación Final de los Alumnos (se tramita ante la Subdirección General de Inspección Educativa y es según las enseñanzas). 
          • Registro de los datos individuales y colectivos sobre las pruebas externas que se realicen en el Centro. 
          • Documentación sobre las pruebas libres y las pruebas de acceso, en su caso. 
          • Datos específicos e Informes de programas educativos que inciden en la ordenación académica (compensatoria, PDC, PCPI, etc.). 
          • Los documentos de evaluación, y en su caso los títulos académicos y certificados, recogen y tienen en cuenta las singularidades del historial de los alumnos y los correspondientes asientos y diligencias: ƒ En su caso, definición clara de la modalidad, vía, itinerario, opción y materias optativas acorde con las circunstancias de cada alumno, según las enseñanzas y con ajuste a la norma. ƒ 
      • Las calificaciones se formalizan con los adecuados términos y/o valores numéricos, según las enseñanzas, o con los registros no numéricos que procedan. ƒ Convenio con el British Council. ƒ Programa de Bilingüismo y Secciones Lingüísticas en los Institutos. ƒ Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honorífica (ESO). ƒ Premios extraordinarios y premios nacionales, según las enseñanzas. ƒ Programa de Diversificación Curricular. ƒ Adaptaciones y medidas de apoyo con los alumnos de necesidades educativas especiales. ƒ Programas de Cualificación Profesional Inicial (ámbitos, diligencias específicas, etc.). ƒ Adaptaciones y medidas de apoyo para los alumnos de compensación educativa y sus programas específicos (aulas de enlace, aulas de compensación educativa, apoyo educativo domiciliario, alumnado hospitalizado, centros educativos terapéuticos, grupos de apoyo, grupos específicos singulares, etc.). ƒ Adscripción a curso de los alumnos y medidas de apoyo según la incidencia de la escolarización tardía al sistema escolar español. ƒ Medidas de apoyo para el alumnado de altas capacidades intelectuales. ƒ Pruebas externas de evaluación. ƒ En su caso, y según las enseñanzas: exenciones, convalidaciones, anulación de matrícula y otras incidencias (ejemplo, en Bachillerato: matrícula fuera de plazo o matrícula simultánea; en Formación Profesional, cancelación de matrícula, renuncia a convocatoria o aplazamiento de la calificación del módulo de FCT, equivalencia en el módulo de inglés), etc. ƒ Diligencias de cierre y entrega del oportuno documento, en su caso. ƒ Otras incidencias de cualquier tipo que clarifiquen la vida académica del alumno: pruebas libres, pruebas de acceso; cambios de itinerarios y cambios de optativas (Bachillerato), etc. ƒ Para la gestión de los títulos académicos o certificados oficiales, en el reverso del documento, ángulo superior izquierdo, se imprime la diligencia relativa al asiento realizado por el centro en el libro de registro de recepción y entrega de títulos y certificados.



En la movilidad de los alumnos y al terminar los estudios, se formalizan los documentos y trámites con la celeridad necesaria y en plazo

Al término de una etapa educativa, se entrega la documentación oficial que corresponde a los alumnos y a las familias, con control de la recepción por parte de ellas.

  • Tanto en el término de una etapa educativa, como en el traslado de un alumno a otro centro, se controla la documentación que debe permanecer en el expediente académico y en el archivo del centro. 
  • En los trámites de los alumnos por movilidad con otros centros, dentro de la misma etapa educativa, se gestiona con la máxima celeridad y de oficio el requerimiento de la documentación oportuna, teniendo en cuenta que hasta que no nos llega no se hace en firme el acto de matrícula. 
  • En la demanda de documentación que nos requieren otros centros, se contesta con celeridad y se hace, al menos, en el plazo de diez días. 
  • En el caso de un Colegio, el ED envía la relación de alumnos para traslado al IES de adscripción o al Centro de Educación Secundaria que proceda, donde conste que reúnen los requisitos académicos para matricularse en 1º curso de ESO (30 de junio de cada curso).
  • En el caso de un Instituto, y en el plazo adecuado, se llevan a cabo los procesos de comunicación e intercambio de documentos con la Universidad para las pruebas de acceso. 
  • El ED fomenta entre el personal responsable que la agilidad y celeridad en estos trámites es un derecho del alumno, al efecto de no ser perjudicado


La organización de los procesos de evaluación de los alumnos se ajusta a las condiciones administrativas del régimen académico (sesiones, actas, calificaciones, elaboración de documentos, propuesta de títulos, reclamaciones y otros)

El ED valora la actividad académica y administrativa como un factor relevante en el proceso de enseñanza-aprendizaje y promueve la importancia de las sesiones de evaluación.

  • Se celebran las sesiones de evaluación preceptivas a lo largo del curso: evaluación inicial; evaluaciones a los largo del período lectivo (mínimo tres); evaluación final ordinaria en junio (puede coincidir con una sesión ordinaria); en su caso, evaluación extraordinaria de septiembre. 
  • Las sesiones de evaluación las coordinan los tutores y se enfocan hacia valorar el aprendizaje de los alumnos y adoptar las medidas de apoyo precisas. 
  • Los tutores levantan acta del desarrollo de las sesiones de evaluación, donde hacen constar los acuerdos alcanzados y las medidas adoptadas; así como, cumplimentan y custodian la documentación derivada de ellas (actas parciales). 
  • En las sesiones de evaluación se acuerda la información que se comunicará a los padres y tutores legales de los alumnos y a los alumnos sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido, las calificaciones y las medidas adoptadas. 
  • Se celebran las sesiones específicas de evaluación inicial, en el inicio de cada curso. 
  • El ED facilita los documentos e instrumentos necesarios para este procedimiento. • Previamente a las sesiones de evaluación final ordinarias, se celebran sesiones específicas sobre evaluación de áreas, materias o asignaturas pendientes; en este caso, en educación secundaria, se tutelan por los jefes de departamento bajo la presidencia del Director del centro. 
  • En las evaluaciones finales se siguen los modelos de actas oficiales (de sesión, de evaluación final, complementarias) y las actas se cumplimentan adecuadamente y se diligencian con las pertinentes rúbricas, pie de firma y sello.
  • Las actas, tanto de proceso, como de evaluación final, como complementarias, se custodian en la Secretaría según un criterio, al menos, cronológico. 
  • En la organización existente hay seguridad para evitar el acceso incontrolado a los documentos. • Se promueve la intervención de la Inspección educativa para el visto bueno de las propuestas de expedición de títulos académicos. 
  • El ED remite a la correspondiente DAT la propuesta de expedición de títulos, tanto vía telemática como en soporte papel convenientemente diligenciado. 
  • En el caso de los centros de educación secundaria, el ED, una vez recibidos los títulos académicos y en el plazo máximo de diez días, cursa a los interesados comunicación, en la que se indique que los títulos o certificados se encuentran dispuestos para ser retirados personalmente, previa acreditación de su personalidad, o para ser recogidos por persona autorizada a tal fin.  El ED se responsabiliza del control en la entrega de títulos académicos y consigna telemáticamente dicha entrega a los alumnos. 
  • El ED difunde y gestiona el procedimiento para la reclamación de calificaciones, de manera que los alumnos, o sus padres o tutores legales, puedan realizar la correspondiente reclamación cuando exista desacuerdo en la calificación final obtenida en una materia o con la decisión de promoción o titulación adoptada. Las reclamaciones se tramitan según lo regulado en la Orden de 25 de agosto de 1995.

Se controla de forma actualizada y precisa el fichero autorizado de los alumnos y el censo

El ED sigue y actualiza metódicamente el fichero autorizado de los alumnos según los datos del mismo y a partir de la inscripción en el centro y la respectiva filiación.

  • Existe un sistema de alertas sobre los alumnos que tengan incidencias o no tengan ultimada su situación administrativa. 
  • El ED dispone, de forma ágil, del censo de los alumnos para cualquier evento o efecto legal.


Hay un seguimiento metódico y archivo de los resultados escolares internos y de las evaluaciones externas.

Dada la importancia del control de los datos y resultados escolares, para efectos de valoración y mejora de los procesos, el ED lleva un seguimiento histórico, tanto de los datos internos como de los relativos a las pruebas externas.

  • Es decir, hay un banco de datos sobre los resultados escolares que posibilite el estudio comparado (longitudinal), la determinación de medias históricas por conceptos de análisis, el desarrollo de gráficos, los datos por año, etc. 
  • El ED realiza análisis de los resultados escolares y promueve conclusiones y mejoras que pasen a formar parte de los datos para su seguimiento permanente


En su caso, la gestión de las tasas y trámites económicos aparecen claramente asociados a las obligaciones académicas

En el procedimiento de expedición de títulos académicos (excepto en el de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria) y certificados de idiomas, se formaliza el previo pago de la tasa correspondiente, y es el interesado el que inicia el procedimiento.

  • Las propuestas de expedición de título o de certificado de idiomas llevan parejo el control del los requisitos académicos correspondientes. 
  • En el caso de trámites de duplicados de títulos, y si no concurre causa imputable a la Administración, se comprueba que el procedimiento está amparado en la normativa (cualquier modificación, alteración o enmienda exige reexpedición; por error material, por extravío o por destrucción total o parcial; o por deterioro) y se gestiona la correspondiente tasa. 
  • En el caso de centros con cobro de cuota (ejemplo, Escuelas Infantiles), o centros que tienen sujeta su actividad a otros tipos de tasas (ejemplo, centros de enseñanzas de régimen especial), la gestión está claramente disociada dentro de la Cuenta de Gestión y se llevan asientos documentales sobre la actividad


Se dispone de un archivo histórico (inactivo o muerto) para la documentación administrativo académica, que debe permanecer obligatoriamente en el centro

Existe un fichero activo o vivo y otro fichero inactivo o muerto de los alumnos del centro, que estén claramente diferenciados.

  • Los archivos vivo y muerto comprenden y custodian, principalmente, la documentación académica oficial de los alumnos, del centro y del personal. 
  • Los archivos son garantes del orden cronológico, la seguridad y custodia y la permanencia


Indicador C.4.4.4.- El ED, desde el ámbito legal y para la eficacia de la organización, lleva a cabo una conveniente actividad relacionada con la gestión de los recursos humanos (personal).

El ED conoce y controla la información necesaria con respecto a las circunstancias del personal (funcionario y laboral) asociadas al destino: situaciones administrativas; posibles incompatibilidades; concursos de traslados y provisión del destino; cargos designados; y, en su caso, permiso de residencia

Bien a través de la información que facilita el SICE, bien mediante gestión propia, el ED conoce la situación administrativa del profesorado y el sistema de provisión de los puestos de destino.

  • • Aunque no sea una obligación legal, el ED conoce e informa al personal sobre otro tipo de situaciones, en su caso: servicios especiales, servicios en otras Administraciones públicas, excedencia por el cuidado de hijos; excedencias voluntarias (incompatibilidad, interés particular y agrupación familiar), por violencia de género (mujeres). 
  • • El ED informa sobre el régimen de incompatibilidades y recaba el pronunciamiento del personal, en su caso; porque la existencia de un segundo empleo (público o privado) exige autorización previa de la Administración educativa. 
  • • El ED informa al profesorado sobre la plantilla del centro, sus vacantes, el cupo de profesorado, y los trámites de provisión, bien mediante concurso de traslados, bien por otras vías (comisión de servicio,…).
  • • El ED informa sobre el permiso de residencia y la necesidad de su trámite, en su caso; consiste en que la Administración autoriza la residencia en lugar distinto al del propio centro de trabajo. Se debe tramitar sólo cuando las circunstancias entre el domicilio y el centro sean extraordinarias: gran distancia, comunicaciones muy difíciles, etc.). 
  • • Se elaboran adecuadamente el SICE y los documentos oficiales (DOC, ficheros, partes de faltas, nombramientos y cargos…), con los datos existentes. 
  • • El ED lleva un seguimiento y archivo de los datos del profesorado que asume cargos en el centro: miembros de los equipos directivos, coordinadores de ciclo, jefes de departamento, miembros del Consejo Escolar del Centro, etc.; a los efectos administrativos. 
  • • El ED colabora activa y eficazmente en la previsión de las plantillas docentes

Aunque no es obligado, el ED facilita información institucional sobre derechos y deberes de los funcionarios y laborales en la función pública

Existe algún procedimiento para informar al profesorado y a los demás trabajadores, fundamentalmente a los nuevos, sobre los derechos y los deberes (individuales y colectivos), los principios éticos y los códigos de conducta de los empleados públicos. • Se utiliza la estrategia cada año de profundizar en el conocimiento y en la asunción de algún o algunos deberes, para el clima positivo de la organización

El ED informa y gestiona, en su caso, los trámites propios del régimen disciplinario del personal del centro

  • El ED informa institucionalmente al personal funcionario y al personal laboral sobre el régimen disciplinario que compete a cada uno: clasificación de las faltas (muy graves, graves y leves), sanciones disciplinarias, prescripción de las faltas y sanciones, procedimientos a seguir (especialmente el relativo a las faltas leves que tiene su ámbito en el propio centro). 
    • El Director o Directora conoce y aplica, en su caso, la nueva delegación de funciones recibida para la competencia en la resolución de faltas leves del personal del centro. 
    • El ED tiene claro que el posible asunto de incumplimiento de la jornada de trabajo (deducción de haberes o retribuciones) no tiene porqué ser un tema disciplinario. 
    • El Director o Directora acepta su rol: tiene la competencia de ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y de controlar la asistencia al trabajo; así como, de aplicar el régimen disciplinario de dicho personal y realizar la propuesta, cuando corresponda, de incoación de expedientes (presunción de faltas muy graves y graves). 
    • En la gestión se asume el compromiso institucional inexcusable para, dentro de un clima constructivo, promover las medidas disciplinarias necesarias


  • El ED lleva un procedimiento sistemático y de seguridad jurídica en la gestión del régimen de permisos y licencias del personal, según la normativa
    • Conoce los Manuales de la Dirección General de Recursos Humanos sobre permisos y licencias, tanto del personal funcionario como del laboral. 
      • Facilita información a todo el personal sobre dichos manuales. 
      • El Director conoce y aplica, correctamente, la delegación de funciones recibida para la competencia en la concesión de permisos de menos de 4 días (Instrucciones de 19 de mayo de 2010, BOCM de 30 de junio). 
      • El Director gestiona sus propios permisos con el Director de Área Territorial. 
      • El régimen de permisos y licencias se acomoda a los nuevos criterios de la Dirección General de Recursos Humanos, explícitos en los citados manuales. 
      • Se dispone de un sistema interno de control y seguimiento de las faltas. 
      • Existe para el profesorado un protocolo para los trámites de aviso y de justificación de las ausencias, al efecto de evitar el perjuicio al alumnado. 
      • Mediante el SICE, se gestiona adecuadamente el Parte Mensual de Faltas: ƒ
        • Los partes comprenden tanto al profesorado como al personal no docente. ƒ Envío al Servicio de Inspección Educativa antes del día 5 de cada mes (Parte de faltas y Anexo I). ƒ 
        • Uso de los anexos y sistema de justificación recogidos en los manuales de gestión. ƒ 
        • Garantía en la protección de datos sobre la salud y confección del Anexo II. ƒ
        • Resolución por el Director de la justificación, o no, de las faltas en el plazo de 3 días. ƒ 
          • En caso de falta injustificada, hay garantía de comunicación al interesado y trámite simultáneo a la correspondiente Dirección de Área Territorial (Anexo III), sin menoscabo de su incorporación al Parte de Faltas. 
      • Se lleva un archivo metódico y protegido (reservado y seguro) de los partes de faltas y de los justificantes originales.
      • Las faltas injustificadas se disocian claramente de las justificadas. 
      • Todas las ausencias están sujetas a justificación; y, en caso contrario, se garantiza el trámite de audiencia del interesado, dentro del posible proceso de deducción de haberes. 
      • Se evita la publicación de los partes de faltas (en cualquier dependencia), de manera que sólo están a disposición del Director del Centro y de la Inspección educativa. 
      • El ED analiza y se preocupa por la situación de posibles casos excepcionales de algún funcionario, o laboral, cuyas ausencias justifiquen un seguimiento singular y el conocimiento de la Administración educativa.


  • El ED informa y gestiona, en su caso, la actividad administrativa relativa a la responsabilidad patrimonial que se asume en el ejercicio de la función pública y sobre la asistencia jurídica que pudiera ser necesaria.


  • El ED informa al personal del centro sobre el concepto de responsabilidad patrimonial. 
    • Nota: los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones públicas correspondientes de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que el daño sea causado por el funcionamiento (normal o anormal) de los servicios públicos. • 
    • El centro cuenta con medidas (RRI), o protocolos, para prevenir el riesgo y para actuar con diligencia y cobertura ante la situación de accidentes o siniestros y para evitar la responsabilidad que nace de la culpa o negligencia. 
    • En el caso de los accidentes escolares y la reclamación de daños por los mismos se lleva a cabo el procedimiento propio que tiene la Administración educativa. 
    • El ED informa al personal sobre quiénes, cuándo y cómo se tramita la asistencia jurídica al profesorado, en los procedimientos judiciales que se sigan por razón de actos u omisiones relacionadas directamente con el ejercicio del empleo público y si hay coincidencia de intereses


  • El ED promueve la oportuna información y gestiona la actividad necesaria sobre la acción social y formativa en materia de personal de que disponen los empleados públicos
    • Se controla la información relativa a las ayudas, se divulga y, de ser necesario, se gestiona: ayudas para el desplazamiento; préstamos y anticipos; cuidado de hijos; etc.
    • Igual procedimiento se lleva a cabo sobre las subvenciones y ayudas para cursar estudios; para asistencia a actividades de formación; para proyectos de innovación; etc.
    • Se promueve la participación en programas de intercambio, de inmersión lingüística, programas del ámbito europeo, etc.


Indicador C.4.4.5.- El ED hace una actividad administrativa respetuosa con la protección de datos de carácter personal y de la imagen, tanto del profesorado y demás personal como de los alumnos.


  • El ED vela porque en el tratamiento de los datos de carácter personal se tengan en cuenta los principios y los derechos de los ciudadanos


    • En los trámites, documentos y actividad, se garantiza el principio de información en la recogida de datos y en el alta de los mismos se informa al ciudadano, de manera precisa e inequívoca, de los siguientes extremos: ƒ 
      • Existencia del fichero con datos personales. ƒ 
      • Finalidad de la recogida y del tratamiento: ¿para qué? ƒ 
      • El principio del consentimiento del interesado y los destinatarios de la información: ¿a quién o quiénes se van a comunicar? ƒ 
      • El carácter facultativo u obligatorio de la respuesta del ciudadano, o del personal, y las consecuencias de la negativa a prestar datos: ¿tengo que entregar los datos que me piden?, ¿qué pasa si me niego? ƒ 
      • La posibilidad de ejercicio de los derechos: de acceso, de rectificación, de cancelación, de oposición, de impugnación, de consulta, e incluso de información sobre los derechos de indemnización y tutela. Así como, la identidad del responsable del fichero ante quien pueden ejercitarlos. ƒ 
      • Que la incorporación del alumno al centro supone el consentimiento para el tratamiento de sus datos y, en su caso, la cesión de datos procedentes de otro centro en el que hubiera estado escolarizado con anterioridad, en los términos establecidos en la legislación sobre protección de datos. ƒ 
      • Se aprecian como especialmente protegidos los datos sobre: ideología, afiliación sindical, religión y creencias, que exigen siempre consentimiento expreso y por escrito; origen racial y salud, que pueden ser tratados cuando lo obligue la Ley o con consentimiento del interesado. • 
      • En la gestión de datos se tienen en cuenta los principios de seguridad y el deber de secreto. 
      • La posible comunicación de datos a un tercero es para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con las funciones legítimas del centro, para el ejercicio de la función educativa, y para lo acordado entre el cedente y el cesionario. 
      • El uso de imágenes, vídeos, fotografías y grabaciones está también sujeto a protección, a las condiciones legales, y a los derechos de los interesados, entre lo que destaca el necesario consentimiento


  • El ED, en el marco de la actividad docente, se preocupa de que toda información que se recabe a las familias, y que tenga relación con datos de carácter personal de los alumnos, se ciña al contenido de los ficheros autorizados, o que sea claramente necesaria para el ejercicio de la función educativa u orientadora


    • El ED comunica al profesorado que la información a recabar de los alumnos debe ser la estrictamente necesaria para la función docente y orientadora, no pudiendo tratarse esta con fines diferentes al educativo sin consentimiento expreso. 
      • En la actividad docente, se evita la proliferación de fichas o documentos de recogida de datos de los alumnos que no estén previamente autorizados o validados; en este sentido, se controla el tema de las entrevistas a padres o tutores de los alumnos. 
      • Se procura la confidencialidad ante el resto de familias. 
      • Se tiene en cuenta que el ámbito de los datos de los alumnos se refiere, básicamente, al origen y ambiente familiar y social, a las características o condiciones personales, al desarrollo, a la escolarización y resultados escolares, así como a aquellas circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para la educación y orientación. 
      • El ED se preocupa de que los padres o tutores legales y los propios alumnos colaboren en la obtención de la información necesaria


  • El ED en la ordenación de la Secretaría del Centro considera las condiciones legales y de protección para el tratamiento de los datos de carácter personal.
    • En los documentos, formularios, solicitudes y documentación general para la toma de datos figura la leyenda obligada que garantiza los derechos del interesado y en el marco normativo sobre la protección de datos: opción religiosa, admisión en el centro, inscripción en el comedor escolar, autorizaciones,… 
      • Se facilita a las familias la información previa y se pide el consentimiento escrito para el uso de datos y la utilización de imágenes. 
      • En el tratamiento de los datos y en la cesión por movilidad de los alumnos (cambios de centros, promoción de etapas educativas, etc.), se aplican normas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad y privacidad, mediante correo de oficio y con recibí. 
      • El ED tiene claro el deber de sigilo cuando acceda a datos de carácter personal del  profesorado y demás trabajadores del centro. 
      • En la cesión de datos necesarios para el sistema educativo, entre los centros educativos y con la Administración, e incluidos los de carácter reservado, se potencia la vía telemática. 
      • Se evita el uso público de listas singulares de alumnos del tipo de: becarios, opción religiosa, alumnos alérgicos, alumnos celíacos, usuarios e impagados del Servicio de Comedor,…), si no están sujetas a concurrencia competitiva. 
      • El ED conoce los ficheros oficiales del centro, autorizados por la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, con sus referentes y elementos: ƒ 
        • Expediente académico. ƒ 
        • Personal docente (fichero de Maestros, fichero de Profesores,…). ƒ 
        • Personal no docente. ƒ 
        • Admisión. ƒ 
        • Comedor. ƒ 
        • Proveedores. ƒ 
        • Otros. 
      • En la Secretaría se organizan y controlan todos los ficheros y censos de los distintos estamentos del centro: alumnos, profesores, padres de alumnos, personal de administración y servicios, usuarios del Comedor, etc. 
      • Se toman prevenciones de índole organizativa para articular el acceso a los ficheros oficiales del centro y para preservar la integridad y confidencialidad.


  • El ED tiene previstas medidas y un sistema de alertas de información al profesorado, y al resto del personal, para la cautela ante el uso de datos de carácter personal o la utilización de la imagen de los alumno
    • Tiene claro el profesorado y el resto del personal el deber de sigilo cuando, en el ejercicio de sus funciones, accede a datos personales y familiares, o a imágenes, de los alumnos, principalmente si afectan al honor e intimidad de los menores o de sus familias. 


  • El ED adopta medidas y procedimientos para articular las siguientes situaciones, en su caso: ƒ 
    • Uso de tarjetas escolares para la identificación de los menores. 
    • Utilización de fotografías e imágenes de los alumnos y del profesorado, en cualquier soporte, para la dinámica escolar. ƒ 
    • Información individualizada sobre enfermedades víricas, infectocontagiosas o de otro tipo. ƒ 
    • Publicación de listas y datos en tablones y lugares públicos: usuarios de ampliación de horario; alumnos de Enseñanza Religiosa; alumnos con ayudas; alumnos sancionados; etc. ƒ 
    • Utilización de expedientes y fichas personales de los alumnos, por el personal docente y no docente del centro. ƒ 
    • Divulgación de datos en las reuniones colectivas con las familias o con representantes de los distintos estamentos del centro. ƒ 
    • Publicación de censos electorales. ƒ 
    • Facilitar datos a la Policía. ƒ 
    • Facilitar datos a empresas, entidades, asociaciones de padres de alumnos, … ƒ 
    • Datos para los padres separados, divorciados o en situaciones análogas.




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